Esta gestión debe ser realizada por el titular del servicio, o un tercero con autorización mediante escribano público. En caso de tratarse de una empresa lo debe realizar el apoderado o representante legal, con el pertinente estatuto de conformación de la sociedad. Requisitos para el Cambio de Punto de Medición:- La nueva Acometida debe estar conforme a la normativa vigente y en la misma propiedad.
- Certificado de Inspección de la Instalación eléctrica expedida por el Municipio/Comisión Municipal correspondiente.
- Fotocopia del DNI del titular del servicio.
- Pago del Derecho de Conexión, conforme al
cuadro tarifario vigente.- Toda la documentación presentada en
nuestras oficinas o sucursales quedará supeditada al análisis pertinente.Una vez que posees estos requisitos, si tu servicio está adherido a la comunicación digital, podés hacerlo cargando el siguiente formulario
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tu turno online para una atención comercial presencial sin esperas. Al sacarlo, queda automáticamente confirmado y programado para el día
y horario que elegiste. Por favor, ¡llegá a tiempo para no perderlo!