ALUMBRADO PÚBLICO
El Alumbrado Público es un servicio que prestan las Municipalidades o Comisiones Municipales (Constitución de la Provincia de Jujuy en su artículo 178 y 189, inciso 4). EJE SA solamente actúa como agente de percepción y no posee potestades para eximir el pago de tasas, impuestos, gravámenes o cualquier otro tributo, ya que se trata de facultades propias de los Organismos Estatales. Por mantenimiento del Alumbrado Público en su zona, debe contactarse con las Municipalidades o Comisiones Municipales correspondientes.
AGUA POTABLE DE JUJUY
Cobramos este importe ya que la Ley Provincial N° 4.250 del año 1986, unifica las facturas de energía y agua. Para mayor información solicitamos te comuniques con Agua Potable de Jujuy Sociedad del Estado.
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