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¿Qué es la declaración jurada de artefactos eléctricos?

La declaración jurada de artefactos eléctricos de precio mayor a 4.000 dolares. Debe ser completada y firmada, en forma obligatoria, por todos los Usuarios que sean poseedores de artefactos eléctricos y/o electrónicos, cuyo valor (precio) individual de mercado supere los U$D 4.000 (cuatro mil dólares estadounidenses) o su equivalente en pesos. De producirse modificaciones en la presente, deberá informarlo a la EJESA en un plazo no mayor a TREINTA (30) días hábiles administrativos.
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